Residencia Temporal

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Residencia temporal

La importancia de poder residir en España bajo cualquiera de las posibilidades que nos da la legislación, nos hace operar con responsabilidad y poder ofrecerles un asesoramiento profesional con un seguimiento desde el principio hasta el final del proceso.

Háganos preguntas y asegúrese de que su camino es el correcto.

A continuación exponemos las diferentes maneras de obtener la residencia temporal.

Si necesita más información no dude en concertar una cita con nosotros.
Residencia temporal: 

  • Autorización inicial de residencia temporal no lucrativa
  • Residencia temporal y trabajo.  
  • Trabajo por cuenta ajena.
  • Trabajo por cuenta propia.
  •  Residencia temporal y trabajo para la investigación. Actividades de investigación o formación DE CARÁCTER LABORAL. 
  • Movilidad de los extranjeros admitidos como investigadores en Estados miembros de la Unión Europea.
Es una autorización de residencia y trabajo que habilita a los extranjeros admitidos como investigadores en un Estado miembro de la Unión Europea a continuar por un periodo superior a tres meses el proyecto de investigación en España. 
  • Autorización inicial de residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados.
Es una autorización de residencia temporal y trabajo que puede obtener un trabajador extranjero que reside fuera de España para desempeñar una actividad laboral para la que se requiera contar con cualificación de enseñanza superior o, excepcionalmente, con un mínimo de cinco años de experiencia profesional que pueda considerarse equiparable. 

  • Movilidad de los trabajadores titulares de una Tarjeta Azul-UE expedida en otro Estado de la Unión Europea.
Es una autorización de residencia y trabajo que habilita a los extranjeros titulares de una Tarjeta Azul-UE expedida en otro Estado de la Unión Europea a ejercer un empleo cualificado en España. 

  • Residencia con excepción a la autorización de trabajo.
Supuestos en que no se necesita autorización de trabajo para trabajar en España. 

  • Residencia temporal y trabajo de duración determinada. 
Residir y trabajar en España por un periodo de tiempo inferior a un año (contratos de temporada, prácticas de formación, contratos de obra o servicio, contratos para personal de alta dirección).

  • Entrada, residencia y trabajo en España de personal directivo o altamente cualificado. 
Procedimiento para autorizar la entrada, residencia y trabajo interés económico, social o laboral, o Trabajos de investigación o desarrollo o docente que requieran alta cualificación, o actuaciones artísticas de interés cultural, cuya tramitación y resolución corresponde a la Dirección General de Inmigración.  
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